Queda abierta la inscripción en el Colegio de Fisioterapeutas, condición legal para el ejercicio de la actividad de fisioterapia en Portugal, de acuerdo con la Ley 122/2019, de 30 de septiembre, el Estatuto anexo y el Reglamento 359/2021, de 15 de febrero, del Colegio, publicado en el RD, 2º, E, de 23 de abril.
En estos términos, el Colegio de Fisioterapeutas inscribirá a partir de ahora a los fisioterapeutas, incluidas las solicitudes que le dirijan los titulares de una tarjeta profesional de fisioterapeuta ya expedida por la ACSS,
ACSS, IP seguirá siendo la Autoridad Competente para la aplicación de la Directiva 2005/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre, en su redacción actual, para todas las solicitudes de reconocimiento de cualificaciones profesionales por parte de los titulares de cualificaciones profesionales obtenidas en la Unión Europea o en el resto del mundo, en el ámbito de la Fisioterapia, hasta la toma de posesión del primer presidente, que tendrá lugar después del 15 de noviembre de 2021, fecha fijada por el Ministerio de Sanidad para las elecciones, según la Orden n.º 3657/2021, del Subsecretario de Estado de Sanidad.Núm. 3657/2021, del Subsecretario de Estado de Sanidad, de 31 de marzo, publicada en el B.O.E. de 2 de abril, 9.ª.
Así, durante este periodo transitorio, los titulares de cualificaciones profesionales obtenidas en la Unión Europea o en el resto del mundo, en el ámbito de la Fisioterapia, que aún no dispongan del título de Fisioterapeuta, deberán inscribirse en la ACSS, IP, de acuerdo con el procedimiento allí vigente y de conformidad con la normativa de la UE, (insertar enlace), y sólo entonces inscribirse en el Colegio de Fisioterapeutas, en los términos previstos en la Ley nº 122/2019, de 30 de septiembre y en el Reglamento de la Orden nº 3521/2021, de 15 de febrero.º 122/2019, de 30 de septiembre y Reglamento de la Orden nº 359/2021, de 15 de febrero, publicado en el RD, 2º, E, de 23 de abril.